Aprobada la limitación del precio del alquiler en Cataluña

Publicado el 10/09/2020 14:49; Actualizado el 11/10/2022 13:35
La limitación del precio del alquiler de la vivienda en Cataluña ya es una realidad tras la aprobación ayer de la nueva normativa por parte del Parlamento catalán. Cataluña se convierte así en la primera comunidad autónoma española que establece un control del precio del alquiler.

La ley, que llega rodeada de críticas por parte de diferentes colectivos, establece un límite al precio del alquiler en los inmuebles situados en las zonas calificadas como 'mercado de vivienda tenso' dentro de los 60 municipios con más de 20.000 habitantes.

Se trata de aquellas localidades en las que el precio ha subido por encima de la media de Cataluña, los inquilinos tienen que destinar más del 30% de sus ingresos al alquiler y el precio ha subido en cinco años tres puntos más que el IPC catalán. En este grupo se encuentran casi todos los municipios del área metropolitana de Barcelona (en este otro post puedes descubrir dónde encontrar pisos de alquiler en Barcelona baratos).

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¿A quién afecta la limitación del precio del alquiler en Cataluña?

La Ley de Medidas Urgentes para la contención de los alquileres, presentada por el Sindicato de Inquilinos, ha contado con los votos a favor de ERC, Comuns, la CUP y JuntsxCat tras pactar unas enmiendas relativas al volumen de ingresos de los arrendadores y arrendatarios.

De acuerdo con las modificaciones introducidas en la propuesta inicial, el control del precio de la vivienda de alquiler en Cataluña no afectará a los pequeños propietarios que ingresen menos del 2,5 IRSC (Indicador de Renta de Suficiencia), que equivale a 2.000 euros mensuales (incluida la renta del alquiler). Tampoco podrán acogerse a esta limitación del precio del alquiler los arrendatarios con ingresos familiares equivalentes a 3,5 veces el IRSC, unos 3.000 euros mensuales. 

La ley establece que cuando se produzca la renovación del contrato de alquiler no se podrá superar la renta acordada en el anterior, ni subir el precio por encima del tope máximo fijado por la Generalitat en cada zona. El propietario tampoco podrá subir la renta al inquilino aunque el precio esté por debajo del índice. En el caso de los inmuebles que actualmente tienen un precio por encima del máximo fijado en su zona, el nuevo contrato deberá tener como máximo el precio estipulado por la Generalitat.

No obstante, si se hacen obras que mejoren la habitabilidad, la seguridad, la confortabilidad y la eficiencia energética de la vivienda, sí se podrá subir el alquiler más de un 5% por cada mejora sobre el índice de referencia. Esta subida no puede añadirse a los incrementos que fija la ley para viviendas que tienen especial calidad o servicios añadidos como muebles, piscina o aparcamiento.

La nueva ley que controlará el límite de los precios de alquiler de la vivienda en Cataluña tampoco se aplicará a los pisos nuevos de menos de tres años. La normativa, que afectará a alrededor de unos cinco millones de residentes en Cataluña, incluye sanciones que irán desde los 3.000 a los 90.000 euros en caso de incumplimiento.

Esta ley entrará en vigor al día siguiente de publicarse en el DOGC, el Boletín Oficial de Cataluña.

Dudas sobre la constitucionalidad de la ley 

A pesar de haber sido aprobado el texto legal, existen dudas sobre la constitucionalidad de alguno de sus artículos. De hecho, el Consejo de Garantías, órgano encargado de velar porque las normas se adecúen a la Constitución y al Estatuto, reconoció que una docena de artículos vulneraban ambos textos legales. En su dictamen señaló también que la Generalitat no tiene competencias para regular el precio del alquiler, ya esa tarea que corresponde al Estado. 

control alquiler cataluña

La norma ha sido rechazada por el resto de los partidos políticos de la cámara catalana: PSC, Ciudadanos, PdeCat y PP. Precisamente, los Populares han anunciado la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional, aunque este recurso no paralizaría la aplicación de la ley. Sin embargo, el Gobierno puede presentar recurso de inconstitucionalidad y pedir la suspensión cautelar de la ley. 

Reacciones del sector inmobiliario

Las reacciones en contra de esta regulación del alquiler en Cataluña han surgido desde diferentes instituciones. La patronal Fomento del Trabajo considera que esta ley produce una gran inseguridad jurídica y que la consecuencia será que se reducirá la oferta de vivienda en alquiler porque los propietarios retirarán sus viviendas del mercado. 

La Asociación de Propietarios de Viviendas en alquiler (Asval) rechaza este proyecto de ley porque considera que vulnera la Constitución, fomenta la economía sumergida y atenta contra el derecho a la propiedad privada. Esta asociación solicitará al Gobierno y a los partidos políticos con representación suficiente en el Congreso de los Diputados que impulsen un recurso de casación ante el Tribunal Constitucional.

El Colegio de Agentes de la Propiedad de Barcelona (Coapi), la Asociación de Promotores y Constructores de Cataluña (APCE), la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona y el Colegio de Administradores han emitido un comunicado conjunto denunciando que “con estas medidas, el sector público está trasladando al sector privado la responsabilidad de dar respuesta a la problemática de la escasez de vivienda social”.

También señalan que estas medidas son contrarias a la protección de la propiedad privada recogida en el artículo 33 de la Constitución. “Las medidas coercitivas no darán el resultado pretendido. Se corre el riesgo de volver a los tiempos en los que la larga duración del arrendamiento y la imposibilidad de actualizar la renta llevaron a una reducción y deterioro del parque de vivienda en alquiler”. Como ejemplo, citan la situación de Berlín, donde la limitación del precio del alquiler ha provocado una disminución de la oferta de un 25%.

Autor: Redacción de Housage
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