Saber calcular el IPC del alquiler resulta imprescindible para actualizar correctamente las rentas que percibes por tu vivienda (aquí te explicamos cómo calcular el alquiler de una casa). El motivo es que, por regla general, en los contratos de arrendamiento se establece que el importe del alquiler mensual se actualizará en función de la evolución anual de la inflación o IPC (Índice de Precios de Consumo). En este artículo te vamos a dar todos los detalles sobre el IPC del alquiler, te vamos a explicar cómo calcularlo y cuándo aplicar la revisión del mismo. Cómo calcular el IPC del alquiler Para calcular el IPC del alquiler es necesario dividir el IPC entre 100 (para ponerlo en decimales en vez de en porcentaje), sumar uno y multiplicar después esa cifra por el alquiler actual. Calcular IPC de un alquiler (actualizar la renta mensual) = Alquiler Inicial x (1 + IPC) En internet existen también varias herramientas que te calculan la subida del IPC en el alquiler de forma automática. Por ejemplo, el INE ofrece dos de ellas en su página web: ¿Quiere actualizar una renta? Esta calculadora ofrece una actualización de las rentas según el IPC general (sistema IPC base 2016) para periodos anuales completos. Basta con introducir los periodos inicial y final en los que quieres actualizar una renta. ¿Cuánto ha variado el IPC desde…? Esta herramienta ofrece un cálculo de las variaciones del Indice de Precios de Consumo (sistema IPC base 2016) experimentadas entre dos periodos de tiempo. Qué mide el IPC El IPC mide la inflación, que es la evolución de los precios de una bolsa de bienes y servicios habituales (cesta de la compra). Se utiliza como termómetro para determinar cuánto han subido los precios generales durante un período de tiempo (normalmente un año), por lo que la renta de un alquiler se ajusta a la inflación para que siga teniendo un precio real de mercado y ni suba ni baje con respecto al valor medio de las cosas y servicios más habituales. ¿Y qué es el IPC del alquiler? Lo normal es que los precios de la cesta de la compra suban todos los años. Por lo tanto, cada doce meses las rentas que se cobran por alquiler suelen ser revisadas al alza para no quedarse fuera de los precios del mercado. Para hacerlo es necesario calcular esta subida del IPC en el alquiler (cuota) de tu inmueble. Sin embargo, si un determinado año los precios evolucionan a la baja (caen), como ocurrió a cierre de 2014 (-1%), el Índice de Precios de Consumo será negativo y el cálculo del IPC del alquiler deberá revisarse a la baja. Otra posibilidad es lo que pasó en el año 2015, en el que no hubo inflación (IPC=0%) y las rentas se mantuvieron iguales. Si el contrato no recoge la actualización de la renta conforme a la evolución del IPC, la normativa española dicta que se aplicará una actualización conforme al denominado Índice de Garantía de Competitividad (IGC), recogido en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española. ¿En qué momento se aplica la revisión del IPC al alquiler de la vivienda? Ahora que ya sabes calcular el IPC del alquiler, seguramente la siguiente duda que te surge es cuándo debes aplicarlo. La respuesta es sencilla: la renta se actualiza cuando se ha cumplido un año de vigencia del contrato de alquiler, y no necesariamente a 31 de diciembre. Por lo tanto, el dato de IPC que se aplica a la hora de revisar el alquiler mensual de la casa no es el de final de año, sino el último oficial y definitivo disponible antes del mes en el que vence el contrato. El IPC que se aplica a la hora de calcular el nuevo alquiler es el último disponible antes del mes en el que vence el contrato. Existe una excepción: el Instituto Nacional de Estadística no puede ofrecer el lPC de julio a 31 de julio, por lo que para las revisiones en ese mes se utiliza el último dato oficial disponible, que suele ser el de dos meses antes (mayo). Un último detalle muy importante: la notificación de la revisión de la renta mensual debe hacerse por escrito al inquilino. Asimismo, en ella debe hacerse constar el porcentaje que se ha aplicado en el nuevo cálculo del IPC de alquiler o, lo que es lo mismo, en la nueva cuota. ¿IPC o IGC? Los cambios legislativos en la normativa sobre el alquiler diferencian entre los contratos firmados hasta el 6 de junio de 2013 y a partir del 1 de abril de 2015. Los primeros se actualizan conforme al IPC durante los cinco primeros años y la prórroga de tres que pueden pactar inquilino y arrendador. Si el contrato se firmó entre el 6 de junio de 2013 y el 1 de abril de 2015 solo tienen tres años de validez con otro de prórroga. En estos documentos, la renta se revisará anualmente según el IPC o lo que ambos hubieran acordado en el contrato. Por último, los alquileres desde el 1 de abril de 2015 están amparados por la Ley 2/2015 de 30 de marzo, de desindexación de la economía española. Esto implica que ambas partes pueden acordar la subida anual del alquiler y que no podrá actualizarse si no está recogido en el contrato. Si lo establece pero no especifica la fórmula de cálculo de la subida del alquiler, se tendrá que aplicar el IGC.