La mayoría de los propietarios que alquilan una vivienda tienen siempre esta duda: ¿cambio el titular de los suministros o los dejo a mi nombre pero domiciliados a nombre del inquilino? Aunque las dos fórmulas tienen sus ventajas e inconvenientes, hay una que resulta especialmente recomendable para evitarte problemas y que te desvelaremos un poco más abajo. ¿Cambio el titular de los suministros de mi casa alquilada? Al alquilar una vivienda se puede dar el caso de que ésta tenga ya los suministros dados de alta o no. En el primer caso, existen dos opciones: Mantener los suministros a nombre del propietario del inmueble y domiciliar los recibos al arrendatario: es una fórmula muy utilizada por los arrendadores, porque la modificación resulta muy sencilla. No obstante, puede plantear algunos inconvenientes importantes. Cambiar el titular de los suministros de la casa: en este caso, a partir de la modificación, el inquilino figura como el responsable del pago de los suministros. Es la opción más recomendable. ¿Por qué conviene hacer el cambio de titularidad de los suministros? Por una razón evidente: en el caso de que los suministros estén a nombre del titular y el inquilino decida no pagarlos, el responsable final de la deuda será el propietario del inmueble. Es decir, la deuda irá contra él pese a no ser el responsable del impago. Por este motivo es importante realizar el cambio del titular de suministros cuando alquiles una vivienda de tu propiedad. Eso sí, asegúrate de incluir en el contrato de arrendamiento una cláusula que recoja la obligación del inquilino de realizar el cambio de titularidad en el plazo de un mes. De este modo, si los suministros están a nombre del inquilino y deja de pagar los recibos de la luz, el gas o el agua, la compañía suministradora de estos servicios reclamará el pago directamente a él. El problema en este caso es, que si la compañía corta el suministro por impago, no podrá restablecerse nuevamente hasta que no se paguen las facturas pendientes. Además, el propietario tampoco podrá cambiar la titularidad del contrato hasta que se salde la deuda. De igual modo, es también conveniente que quede acordado que el inquilino consentirá nuevamente cambiar el titular de los suministros una vez finalizado el plazo de arrendamiento. Además, si el arrendatario ha cambiado la potencia de la luz deberá dejarla en la situación que estaba al inicio del alquiler y pagar los gastos que conlleve el cambio de potencia. Cómo hacer el cambio de titular de los suministros La gestión de cambiar el titular de los suministros se realiza contactando por teléfono con cada una de las compañías suministradoras de luz, gas y agua. Solo es necesario dar los datos del nuevo titular (inquilino) y del antiguo titular (propietario) y la dirección del inmueble. También se deben facilitar los datos para domiciliar los recibos y la lectura del contador en el momento en el que el inquilino entra en la vivienda para controlar su consumo. El cambio de titularidad de los suministros es gratuito. Sin embargo, es necesario estar al corriente de pago para hacer el cambio: si hay deudas pendientes no se podrá hacer. Al cambiar la titularidad de los suministros, el inquilino también puede elegir otro proveedor o una tarifa más acorde a sus necesidades. Un último consejo importante: hay que tener presente que el cambio de titular de los suministros no es inmediato, por lo que pueden pasar varios días hasta que esté vigente (aunque el inquilino se hará cargo de las facturas desde el momento en el que alquile la casa). Cómo dar de alta los suministros La última de las opciones es que el piso no tenga dados de alta los suministros (porque sea de obra nueva o hayan sido dados de baja previamente por el propietario). En este caso, el inquilino no tendrá más remedio que darlos de alta. Los trámites que debe realizar para dar de alta la luz, el gas y el agua son los siguientes: Dar de alta la luz Para hacer esta gestión, el inquilino debe pedir al propietario el Código Universal de Suministro (CUPS) que aparece en las facturas. También necesitará para dar de alta la luz los datos del propietario y del domicilio, la potencia que quiere contratar y la cuenta bancaria donde domiciliará el pago. El inquilino puede elegir la comercializadora y tarifa que quiera. Reactivar el contrato de la luz tiene un coste para el inquilino, pero si han pasado menos de tres años desde la baja no tiene que abonar todos los derechos del alta. Dar de alta el gas Para reactivar un contrato de gas que ha estado de baja un tiempo hay que comprobar primero si la instalación está en buen estado o no, según el tiempo que lleve inactivo. Es necesario tener el código CUPS (Código Universal del punto de suministro), que es único para cada instalación y aparece en las facturas, con el que se puede dar de alta el gas nuevamente. Además hay que facilitar al proveedor los datos de la vivienda, del nuevo titular y de la cuenta bancaria. Dar de alta el gas tiene un coste que depende de varios factores, como la tarifa de acceso contratada y el tiempo que el suministro ha estado de baja. Será más barato si la baja es reciente, porque los derechos de acometida tienen una vigencia de cinco años. Dar de alta el agua Cuando se tiene que dar de alta el agua hay que rellenar un impreso de autorización para el inquilino y realizar la domiciliación del pago del recibo. En este caso, además, si la vivienda ha estado sin suministro de agua más de dos años será necesario que una empresa inspeccione las instalaciones para comprobar su estado. Como puedes ver, los expertos inmobiliarios recomiendan realizar siempre el cambio de titular de suministros en las viviendas que se vayan a alquilar. Es la forma de evitar que el arrendador acabe siendo el responsable de los posibles impagos que pueda realizar el inquilino.