Contratar una hipoteca genera no pocas dudas. Con la finalidad de dar respuesta a las consultas más frecuentes, Notarios en red ha elaborado un listado fruto de su experiencia con los compradores. No hay que olvidar que desde la entrada en vigor de la última ley hipotecaria a mediados de 2019, los notarios deben supervisar la fase precontractual de los préstamos para asegurarse de que los compradores entienden perfectamente lo que van a firmar, responder sus dudas y en última instancia autorizar el acta de transparencia previa a la formalización de la hipoteca (en este otro artículo te explicamos de forma más detallada por qué necesitas un notario para comprar tu vivienda nueva). Calcula tu cuota con nuestro simulador de hipotecas En este acta, además de comprobar que la documentación legalmente exigida ha sido entregada en tiempo y forma por la entidad bancaria, los notarios hacen constar el asesoramiento que han prestado al cliente y recogen las cuestiones que les han planteado. Aquí tienes las dudas más frecuentes sobre hipotecas: ¿Tienen cláusula suelo las hipotecas? No. Actualmente, están prohibidas todas las que son consideradas cláusulas abusivas de las hipotecas. La cláusula suelo es una de ellas. Se entiende por cláusula abusiva aquella incluida en el contrato hipotecario de forma unilateral y que va en contra de lo que se considera buena fe. La actual normativa hipotecaria también ha establecido que el interés remuneratorio no podrá ser negativo. ¿Es obligatorio contratar un seguro contra daños en la vivienda hipotecada? En la firma de una hipoteca, es otra de las dudas más habituales. Efectivamente, la ley permite que el banco exija a los tomadores del préstamo que tengan contratado un seguro para el inmueble hipotecado. También está permitido -aunque es menos frecuente- exigir la contratación de un seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo. Lo que no es obligatorio -y es importante conocer este detalle- es contratar el seguro de la vivienda que nos ofrezca la entidad financiera que concede el préstamo. Existe libertad de contratación de estos seguros. Por este motivo, en la documentación precontractual de la hipoteca que la entidad acreedora entrega al cliente deben figurar las condiciones del seguro que exige (para que el comprador pueda contratarlo en la compañía que desee). ¿Es necesario domiciliar la nómina o los recibos en el banco que tengo la hipoteca? Antes de firmar la hipoteca, muchos clientes también tienen la duda de si es obligatorio domiciliar en el mismo banco su nómina, la pensión o algunos recibos (gas, agua, luz,teléfono, etc.). También si es necesario contratar otros productos en la entidad, como seguros (vida, salud, automóvil…), tarjetas de crédito, planes de pensiones, productos de inversión, etc. La contratación de estos productos o servicios, llamados de venta combinada, no es obligatoria. Eso sí, su contratación puede conllevar determinadas ventajas en la hipoteca (normalmente, un tipo de interés más bajo). No obstante, es muy importante comprobar que la contratación de estos productos combinados realmente va a suponer un ahorro real a largo plazo (ya que su coste es muchas veces mayor que el ahorro que supone la rebaja del interés de la hipoteca). Por este motivo, la ley exige que la entidad informe al prestatario de, entre otros aspectos, las diferencias existentes entre contratar una hipoteca en solitario o con alguno de estos productos extra. También es importante aclarar que en caso de contratar alguno de estos productos, no es obligatorio mantenerlos durante toda la duración del préstamo. ¿Puedo amortizar anticipadamente el préstamo? Desde luego. La normativa reconoce expresamente el derecho de reembolso de forma anticipada, ya sea total o parcialmente. Asimismo, fija la comisión máxima que se puede cobrar por amortizar una hipoteca, aclarando que ésta no podrá exceder el importe de la pérdida financiera que pueda sufrir la entidad acreedora. Es decir, la comisión solo podrá cobrarse cuando la amortización suponga un perjuicio económico para el banco. ¿Qué ocurre en caso de impago? Finalmente, el posible impago de la hipoteca genera muchas dudas también. Según apuntan Notarios en red, aunque la mayoría de los compradores tienen claro que pueden perder el bien hipotecado, es necesario explicarles que deudores y fiadores responden con todos sus bienes presentes y futuros (y de forma solidaria si son varios). Es decir, cada uno de ellos responde por la totalidad de la deuda. Además, la entidad podrá declarar vencido anticipadamente el préstamo cuando la cuantía de las cuotas impagadas alcance la cantidad fijada por la ley. Otro matiz muy importante es que el aval no se extingue por el fallecimiento, sino que se transmite a los herederos. Para evitar problemas en el futuro, es fundamental que a la hora de contratar un préstamo hipotecario, el cliente plantee al notario que elija todas sus dudas. El notario está obligado a ofrecer un asesoramiento imparcial y gratuito.