El principal temor de los propietarios cuando ponen la casa en alquiler es que el inquilino sea moroso. Una circunstancia que durante la pandemia ha dado lugar a un aumento de los desahucios por impago del alquiler. Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial entre marzo y septiembre de este año se han producido casi 6.000 lanzamientos por impago del alquiler. Con el fin de proteger al propietario ante esta situación surgieron los seguros de impago del alquiler que contrata el propietario para asegurar el cobro de la renta en caso de impago del inquilino. Durante la pandemia creció la contratación de los seguros de impago del alquiler, como forma de protegerse los propietarios de la morosidad de los inquilinos. Sin embargo, los últimos datos del Observatorio España del Seguro del Alquiler han detectado que ha caído la renovación de estos contratos en los últimos meses. No obstante, desde el OESA alertan de que la finalización de los ERTE y ayudas a los autónomos y la cuesta de enero pueden provocar un aumento de la morosidad en el primer trimestre del próximo año. ¿Qué son los seguros de impago del alquiler? Los seguros de impago del alquiler protegen al propietario cuando un inquilino deja de pagar la renta del alquiler. Cubren las rentas que debe el inquilino durante un tiempo determinado. Normalmente se empieza a cobrar cuando el inquilino deja de pagar la mensualidad del alquiler y se prolonga hasta que finaliza el plazo fijado en la póliza que puede ser desde 6 a 18 meses. Estos seguros no son obligatorios ni por la ley de Arrendamientos Urbanos ni por la ley de Propiedad Horizontal, pero son una herramienta de protección que tiene el propietario ante el impago del inquilino que tiene otras coberturas adicionales. ¿Qué coberturas tiene el seguro de impago del alquiler? Este seguro, además de cubrir el impago del alquiler, tiene las siguientes coberturas: Reclamación al inquilino de las cuotas de alquiler impagadas, realizada por abogados expertos antes de que exista sentencia de desahucio o condena por impago. Reclamación de los desperfectos y daños materiales causados por el inquilino en la vivienda. Asistencia jurídica para solucionar los problemas que surjan entre el arrendador y el inquilino. Gastos de cerrajero y cambio de cerradura cuando del inquilino abandona la vivienda. ¿Qué requisitos exige el seguro de impago? Las aseguradoras para firmar un seguro de alquiler estudian la solvencia de los inquilinos porque, en caso de impago, es la aseguradora la que tiene que asumir el pago del alquiler y los costes de la reclamación de la deuda. De esta forma, el propietario se asegura de que el inquilino es solvente cuando alquila la casa. Descubre cómo elegir inquilino para tu piso Para analizar la solvencia las compañías piden una serie de documentos distintos según el tipo de trabajador: Trabajador por cuenta ajena se piden las dos últimas nóminas para saber sus ingresos y la antigüedad en la empresa. Son más aceptables los candidatos que tienen un contrato indefinido porque ofrecen más garantías que los trabajadores temporales. Autónomos tienen que presentar las dos últimas declaraciones trimestrales del IVA y la declaración del IRPF. Pensionistas tienen que acreditar su condición de pensionista y los ingresos mensuales. Normalmente cuando el importe del alquiler supone más del 40% o 45% de los ingresos mensuales del inquilino, no se hace el seguro del impago. En todos los casos, se comprueba también que el inquilino no está incluido en algún fichero de morosos. ¿Cuánto cuesta un seguro de impago del alquiler? El coste del seguro de impago está entre el 3% y el 5% de la renta anual, es decir, que si se paga una renta mensual de 800 euros, el seguro puede costar entre 288 y 480 euros. El pago del seguro corresponde al propietario de la vivienda, aunque es habitual que el propietario pacte con el inquilino el pago del seguro, pero el titular de la póliza no puede ser el inquilino. Consejos para contratar un seguro de impago del alquiler Con el aumento de la contratación de los seguros de impago del alquiler han surgido en el mercado falsos seguros que no cumplen con los requisitos que exige la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Para detectar los falsos seguros, el Observatorio Español del Seguro del alquiler ha elaborado unos consejos: 1. Analizar las campañas de publicidad para saber qué empresas están detrás. 2. Sospechar de los productos que aseguran gestionar completamente el alquiler y pagar un determinado día del mes. 3. Desconfiar cuando ofrecen precios agresivos en las pólizas o exigen poca solvencia a los inquilinos. 4. Comprobar que hay una compañía aseguradora que respalda el seguro. 5. Comprobar que el vendedor es la aseguradora, un mediador de seguros o un colaborar externo con formación homologada. 6. Solicitar una comparativa de las coberturas de cada seguro. 7. Investigar en internet información sobre la empresa y opiniones de los usuarios. 8. Consultar en la web de la DGSFP si la compañía está autorizada para asegurar en España. Como ves, el seguro de impago del alquiler es una herramienta de protección para el propietario que le asegura cobrar la renta cuando el inquilino es moroso. Además, el propietario tiene que iniciar un proceso para reclamar la deuda que te explicamos con detalle en este artículo sobre el impago del alquiler que puede terminar en el desahucio.